Advierten que los consumidores podrían recurrir a amparos por hostigamiento


La crisis del consumo y el creciente endeudamiento de las familias podrían abrir un nuevo escenario en los tribunales. La abogada Trinidad Trejo Juárez advirtió a NORTE de Corrientes que, frente al avance de las cobranzas, el hostigamiento telefónico y la imposibilidad de numerosos hogares de afrontar sus obligaciones, comienza a tomar fuerza una herramienta que hasta ahora no había ocupado un lugar central en la discusión: los amparos promovidos por los propios deudores en defensa de sus derechos como consumidores.

LA ABOGADA TRINIDAD TREJO JUÁREZ PLANTEÓ QUE EL SOBREENDEUDAMIENTO Y EL HOSTIGAMIENTO DE LAS COBRANZAS PODRÍAN ABRIR UNA NUEVA DISCUSIÓN JUDICIAL. SEÑALÓ QUE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR OBLIGA A GARANTIZAR UN TRATO DIGNO Y ADVIRTIÓ SOBRE FAMILIAS QUE DESTINAN SUS INGRESOS A CUBRIR DEUDAS MIENTRAS RESIGNAN ALIMENTOS, MEDICAMENTOS Y SERVICIOS BÁSICOS.

«En algún momento vamos a empezar a hablar de amparos, incluso del lado de los deudores», sostuvo la letrada, al analizar la situación financiera que atraviesan numerosas familias. Para Trejo Juárez, existe un aspecto que suele quedar relegado cuando se habla de endeudamiento: la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y el principio de trato digno que establece para quienes adquieren bienes y servicios.

La abogada señaló que muchas personas que no pueden afrontar sus compromisos financieros están siendo sometidas a reiterados llamados y reclamos de cobranza. En ese contexto, consideró que el problema ya no pasa solamente por la existencia de una deuda, sino por las condiciones en las que se intenta cobrarla y por el impacto que esa situación tiene sobre la vida cotidiana del consumidor.

Como ejemplo, relató el caso de una persona que recibe alrededor de once llamados diarios para reclamarle el pago de una tarjeta. El hostigamiento, explicó, no se limita en algunos casos al titular de la deuda, sino que puede extenderse a familiares o personas vinculadas con la cuenta.

«Si pudiera pagar, ya lo hubiese hecho», planteó Trejo Juárez para graficar una situación que, según su análisis, se repite cada vez con mayor frecuencia: familias que no dejan de pagar por falta de voluntad, sino porque directamente sus ingresos ya no alcanzan.

A este escenario se suma, según la abogada, una modalidad de refinanciación que puede terminar profundizando el problema. Las tarjetas ofrecen en muchos casos dividir los saldos pendientes en cuotas, pero el consumidor continúa utilizando el crédito para afrontar los gastos del mes. De esta manera, una deuda refinanciada se superpone con nuevos consumos y genera una acumulación de obligaciones que puede resultar cada vez más difícil de detener. «Vas a pagar este resumen en seis partes, más el resumen del mes que viene en seis partes», explicó, al describir el mecanismo por el cual la deuda puede convertirse progresivamente en una bola de nieve.

El cambio en el comportamiento de los consumidores también resulta significativo. La tarjeta de crédito, sostuvo, dejó de utilizarse exclusivamente como una herramienta de financiación para convertirse, en numerosos hogares, en una extensión del salario.

La situación aparece con particular claridad en los gastos cotidianos. Trejo Juárez contó que, en su actividad vinculada con la procuración de cobros de expensas, comenzó a encontrarse con familias que directamente descartan determinadas formas de pago porque ya utilizan sus tarjetas para comprar alimentos. «Yo ya la tengo diseñada y la uso para comer», relató que le respondió una familia al ser consultada sobre la posibilidad de pagar las expensas con tarjeta. Para la abogada, esa respuesta resume el cambio que atraviesa el consumo: el crédito ya no se utiliza solamente para comprar bienes de mayor valor, sino para sostener gastos esenciales.

El problema se vuelve todavía más delicado cuando las deudas se descuentan directamente de las cuentas donde los trabajadores perciben sus salarios. Trejo Juárez mencionó casos en los que las personas llegaron a disponer de una porción mínima de sus ingresos después de los débitos automáticos y señaló que algunos consumidores recién entonces comenzaron a recurrir a herramientas como el denominado «Stop Debit» para impedir nuevos débitos automáticos.

En este punto, la abogada llamó a revisar el marco legal desde la perspectiva de los derechos del consumidor. A su entender, la discusión que se abre no consiste en desconocer las obligaciones asumidas, sino en determinar hasta dónde puede avanzar una práctica de cobro cuando compromete la posibilidad de una persona de cubrir sus necesidades básicas.

«Nos vamos a avivar y vamos a ver esta beta que nos deja tanto la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor como los artículos de la Constitución Nacional que hablan de los derechos del consumidor», sostuvo.

La advertencia adquiere otra dimensión frente a la pérdida de poder adquisitivo. En ese escenario, el consumidor puede pasar de utilizar la tarjeta para financiar una compra puntual a depender de ella para acceder a alimentos, medicamentos o servicios. El problema deja de ser entonces exclusivamente financiero y comienza a impactar sobre derechos vinculados con la alimentación, la salud y una vida digna.

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Es el artículo de la Constitución Nacional que reconoce a los consumidores y usuarios el derecho a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, así como a recibir información adecuada y veraz y un trato equitativo y digno.  

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