La Justicia rionegrina determinó que el agente que le disparó actuó con exceso y condenó tanto al efectivo como al Estado provincial a indemnizar a la familia.
El hecho ocurrió cuando la familia del joven regresaba a su casa tras participar de una actividad religiosa. En ese momento, observaron la presencia policial por un altercado en la vía pública y decidieron resguardarse en su domicilio. Según el relato de los testigos, uno de los efectivos levantó su escopeta y disparó por encima del paredón, impactando al adolescente que se encontraba en la puerta.
Las pericias balísticas confirmaron que el disparo se efectuó con una escopeta antitumulto y munición de goma desde una distancia inferior a la recomendada, sin evidencia de rebote. Los estudios médicos ratificaron una discapacidad visual del 33 %.
Durante el juicio, el agente negó haber actuado de manera indebida y aseguró que intervino ante disturbios en la vía pública, aunque el juez concluyó que no existía amenaza alguna que justificara el uso del arma en esas condiciones. Además, el operativo había comenzado por un llamado al 911 por una persona extraviada, sin relación con situaciones de violencia.
El magistrado consideró que el accionar policial fue desproporcionado y contrario a los estándares de necesidad y minimización de daños que rigen el uso de la fuerza. Por ello, ordenó indemnizar al joven por incapacidad, tratamiento psicológico y daño moral, responsabilizando tanto al efectivo como al Estado provincial.