Roberto Romero fue imputado por el homicidio de Cifuentes y le dictaron un mes de prisión preventiva




Una discusión porque alguien orinó fuera de la casa del victimario desencadenó el trágico final.

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<p>Hoy al mediodía se realizó la audiencia de control de detención de Roberto Alejandro Romero (33), sindicado como autor del crimen de Maximiliano Andrés Cifuentes (21) que tuvo lugar el 1 de enero del corriente año en las 60 viviendas del barrio Laprida.

La audiencia fue presidida por la juez penal Lilian Bórquez; por la Fiscalía, estuvieron presentes Belén De la Canal, funcionaria de Fiscalía y Wilson Sepúlveda, oficial administrativo; la defensa de Romero fue ejercida por el abogado particular, Guillermo Iglesias.

Al comienzo del acto judicial la Fiscalía explicó la teoría del hecho a investigar que tuvo lugar el 1 de enero de 2025 siendo aproximadamente las 5:39 horas, en momentos en que Maximiliano Andrés Cifuentes estaba con un amigo en inmediaciones de las calles Otawa y Tinogasta, del barrio Laprida, cuando tuvieron un altercado con una mujer, posteriormente saliendo del domicilio Roberto Alejandro Romero, pareja de la femenina, quien comenzó a increparlos, iniciándose una gresca y Romero valiéndose de un elemento punzo cortante, con intenciones de dar muerte a Cifuentes, le asestó tres puñaladas. Una en el dorsal izquierdo, otra en la parte lumbar y la tercera en el tórax que atravesó el corazón provocándole la muerte.

Posteriormente, la víctima y su amigo escaparon del lugar, desplomándose a escasos metros Cifuentes producto de las heridas. La novia de Cifuentes, fue quien se comunicó con la madre de la víctima para que fuera a buscarlo debido a que la ambulancia demoraba en llegar, de manera que la mujer lo trasladó en su vehículo particular al Hospital Alvear donde se confirmó su fallecimiento. En tanto, su amigo fue derivado en ambulancia al Hospital Regional en presunto estado de intoxicación.

Además de las evidencias colectadas en la escena y el relevamiento de testimonios que apuntaban a Romero como el autor, se solicitaron dos allanamientos en el domicilio del victimario y otra vivienda también del barrio Laprida, secuestrando prendas de vestir ensangrentadas pero no el arma homicida, y procediendo a la detención de Romero.

La fiscalía hizo énfasis en los testimonios y que había varias personas en cercanías a donde ocurrió el hecho dado que se desarrollaba una fiesta a la vuelta de la vivienda de Romero, e incluso expresaron que el motivo que la víctima y su amigo salían de la fiesta cuando se desató el conflicto dado que el amigo de Romero había orinado en el exterior de la vivienda del victimario, saliendo la pareja del mismo a increparlo y esto desató la pelea y posterior crimen.

Además de solicitar que se declare legal la detención por haber sido efectuada con orden judicial en los allanamientos, también peticionó la apertura de investigación preparatoria de juicio por el delito de homicidio simple en calidad de autor para Romero, el plazo de investigación de 6 meses y la prisión preventiva por 3 meses, al considerar la existencia del peligro de fuga por la pena en expectativa que tiene un mínimo de 8 años de prisión y la de entorpecimiento al poder influir en potenciales testigos y al no ser hallado el cuchillo utilizado para cometer el ilícito.

Legítima defensa

Por su parte, el defensor rechazó la calificación solicitada para la apertura de investigación, indicando que podría tratarse de un caso de exceso de legítima defensa, mencionando que su asistido intervino en el hecho dado que estaban atacando a su pareja, quien se encuentra en reposo debido a las lesiones sufridas y manifestó que su asistido cuenta con una serie de heridas a la vista y otras que deben ser certificadas por el Cuerpo Médico Forense. Postulando que el amigo de la víctima estaba orinando en el exterior de su domicilio y que la mujer le solicitó que fuera a otro lugar dado que tenía una hija de 14 años, pero obtuvo una respuesta desagradable por parte del individuo, desatando la reacción de la mujer y posterior ataque en el que habría intervenido Romero para evitar que “continuaran golpeándola”.

Cuestionó el testimonio del testigo, amigo de la víctima, debido a su presunto estado de intoxicación y rechazó en principio la medida de coerción solicitada por la fiscalía, peticionando la libertad de su asistido con presentaciones semanales en la oficina judicial, permiso para salir a trabajar dado que se desempeña como trabajador de la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), y la prohibición de acercamiento a testigos, en su defecto, el arresto domiciliario de su asistido luego de concretar el correspondiente Informe Ambiental o, la prisión preventiva por 5 días, dado que resta que se coteje la sangre de su asistido con las pruebas colectadas y otras medidas, que según su visión beneficiarían al imputado, así como testimonios que respaldan su versión.

Prisión preventiva

Finalmente la jueza penal, resolvió declarar legal la detención por haber sido realizada a través de una orden judicial autorizada por ella misma, autorizar la apertura de investigación preparatoria por homicidio simple en calidad de autor para Romero, dictó el plazo de investigación de 6 meses y la prisión preventiva por el término de 1 mes en la Seccional Segunda. Además tras salir de la audiencia indicó que el imputado debía ser trasladado al Cuerpo Médico Forense para certificar las heridas que presentaba.

 

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