Los jueces designados por el Decreto 137/2025 del Presidente de la Nación son el juez federal Ariel Lijo y el abogado Manuel García Mansilla.
La Constitución establece que para ser juez de la Corte se necesita la aprobación del Senado con los dos tercios de los votos.
Ante la falta de consenso para lograr el voto de la oposición el gobierno se valió de un artículo que lo habilita a nombrar jueces en comisión cuando el Congreso esté en receso. Este nombramiento por decreto se da 3 días antes de que el Senado vuelva a su actividad normal.
De prosperar el decreto, Lijo y García Mansilla ocuparán un lugar en la Corte hasta fin de año sumándose a Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En declaraciones a Informativo FARCO el abogado especialista Miguel Rodríguez Villafañe aseguró que es inconstitucional y una ofensa al sistema institucional argentino: “hay un aspecto que a veces no se habla pero que también es fundamental, que es una violación al pacto federal”.
En ese sentido Rodriguez Villafañe explicó que cuando surgió la Nación en 1853, las provincias hicieron nacer este nuevo órgano nacional, que es la República Argentina, y determinó que el tribunal que definiría los problemas entre la nación y la provincia es la Corte Suprema.
De allí es que el nombramiento de otro tipo de jueces y otro tipo de funcionarios requieren el acuerdo del Senado, en este caso con mayor razón, porque el Senado representa a la provincia, aseguró. Y agregó: “de lo contrario, tendríamos un tribunal en el que la provincia no ha participado y va a decidir cosas que son propias de la provincia”.
El bloque de Senadores de Unión por la Patria difundió un comunicado en el que expresó su rechazo a la designación de Lijo y García Mansilla y acusó a Milei de arrogarse facultades que no le corresponden.
“De esta manera el presidente Javier Milei vuelve a violar la Constitución y arrogarse facultades que están vedadas al poder Ejecutivo”, aseguraron mediante un comunicado en redes sociales.