La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo resolvió hacer lugar a la presentación del Acuerdo para el Bicentenario y anuló los comicios realizados el 23 de agosto. La medida puede ser apelada.
La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo avaló al pedido de nulidad que presentó el opositor el Acuerdo para el Bicentenario (APB). El fallo resuelve “hacer lugar parcialmente” al requerimiento que hizo el frente de José Cano, luego de denunciar numerosas irregularidades tanto en la votación como en el escrutinio.
Según publica el diario tucumano La Gaceta, desde el gobierno de Alperovich ya habrían resuelto apelar ante la Corte provincial, buscando que este tribunal convalide la votación en la que la fórmula del Frente para la Victoria (FpV), que postula al exministro de Salud de la Nación, Juan Manzur, se impuso por una diferencia de casi el 12%.
“La elección en Tucumán presenta elementos de un fraude integral que supera a los hechos ocurridos solamente el día de la votación”, señala el fallo que hizo lugar al pedido formulado el viernes 4 de septiembre el Acuerdo para el Bicentenario (ApB) argumentando que “hubo diferentes prácticas irregulares que obligan a celebrar una nueva elección total en la provincia”.
Cano pidió que se anulen los comicios y se vuelvan a convocar en coincidencia con las elecciones generales del 25 de octubre. La sentencia da un plazo de 48 horas para que se presente una posible apelación.
Pese a que regía hasta hoy una medida cautelar que impedía decretar un ganador de los comicios, el oficialismo celebró el lunes la victoria de Manzur que reflejó el escrutinio definitivo. Según ese conteo, el ex ministro de Salud se había consagrado gobernador con el 51,64% de los votos por sobre Cano, que obtuvo el 39,94%. Y de hecho el apoderado del PJ de Tucumán pidió hoy a esa Cámara que reconozca tal resultado.
Específicamente, el APB denunció que se cometieron irregularidades en la carga de datos del escrutinio provisorio por parte del Correo Argentino; en la designación de los empleados de la Junta Electoral; en la designación de las autoridades de mesa y en la cadena de custodias de urnas.