
Mientras las dos Cámaras del Congreso de la Nación demoran el tratamiento de un puñado de asuntos que son sensibles para millones de argentinos, y que demandan una solución urgente, los problemas siguen creciendo y las únicas respuestas (espasmódicas) llegan desde la cuerda judicial, siempre y cuando aparezca algún magistrado con voluntad de cumplir la sagrada misión del servicio de justicia que es -ni más ni menos- que el acto de reparar las injusticias. Algo de eso sucedió en las últimas horas con un fallo que ofrece una luz de esperanza para los endeudados con los créditos hipotecarios UVA.
La noticia es que la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió otorgar una medida cautelar innovativa solicitada por una tenedora de crédito hipotecario UVA, en la que ordenó a un banco del sector privado cobrar una cuota equivalente al 16 % de los ingresos de la parte reclamante. En concreto, dispuso retrotraer el valor de la cuota al porcentaje de ingresos que tenía la persona damnificada al momento de concretar la operación. El fallo marca un precedente, otros hipotecados podrían transitar por el mismo sendero de reclamación.
Ante la indiferencia del Poder Ejecutivo y las dilaciones del Poder Legislativo para ofrecer una solución, la gente apuesta su último esfuerzo a conseguir un salvavidas en la Justicia.
Sucede que miles de familias han quedado entrampadas en los créditos UVA, que se presentaban como una solución al anhelo del techo propio, pero que inflación mediante se convirtió en un calvario, un sistema de expoliación que ningún hogar puede sortear sin caer en la ruina. Durante la pandemia, el presidente Alberto Fernández dispuso el congelamiento de las cuotas -de viviendas, automóviles y otros bienes adquiridos con créditos UVA-, pero el remedio resultó un placebo. Al finalizar el congelamiento se dispararon los valores. Hace más de un año, la Cámara baja del Congreso de la Nación tiene en sus manos la expectativa de los endeudados. No avanzó ningún proyecto.
Por eso, la aventura en los tribunales ordinarios es el último recurso que les queda. Alguien tuvo suerte.
En el Expediente 23150/2022, con fecha 21 de marzo de 2023, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial dispone retrotraer a la misma relación cuota/ingreso que la parte reclamante percibía al momento de tomar el crédito. Como en todos estos créditos, la parte afectada sufrió un notorio incremento en la cuantía de las cuotas de amortización del crédito bancario, al tiempo que el capital adeudado se iba incrementando en forma geométrica, producto del llamado sistema UVA.
En la fundamentación, la Cámara expresó que la parte demandante inició la acción «a fin de obtener la adecuación del monto del crédito con garantía hipotecaria bajo el sistema UVA, que según refiere, afectan sus ingresos en forma desproporcionada y progresiva, poniendo en riesgo perder la vivienda única (de sólo 36 m2; un monoambiente)». Además, señaló que el aumento de las cuotas hace «ver amenazado el exiguo patrimonio por el crecimiento desmedido de la deuda y cuotas de amortización del crédito, ya que ni vendiendo la vivienda hipotecada se podría cancelar el compromiso contractual asumido».
El colectivo denominado Hipotecados UVA agregó que «resta para la sentencia definitiva establecer qué adecuación se dispondrá en sede judicial respecto al monto amortizado hasta aquí por la demandante y el saldo de capital adeudado». En ese contexto, se quejó: «El Congreso de la Nación, que viene dilatando una solución global para todos los Hipotecados UVA, debe tomar en cuenta el pronunciamiento judicial y dictar una legislación que ampare a todas las familias víctimas de este sistema».s
