Cultura: Festivales Argentinos, Tercera Convocatoria

La Dirección de Relaciones Internacionales del Ministerio de Coordinación y Planificación informa la apertura de esta convocatoria, que apoya la realización de fiestas y celebraciones culturales en el país.

Sobre la Convocatoria.

Una iniciativa que brinda apoyo económico para la realización de fiestas, festivales y eventos culturales en todas las provincias y municipios del país, programadas entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, con público presencial.

El Programa “Festivales Argentinos” es una iniciativa de la Dirección de Acción Federal, dependiente de la Secretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Nación, y constituye una política pública para todo el territorio nacional destinada a fomentar la organización de celebraciones culturales de carácter popular, con el objetivo de potenciar las capacidades de gestión local, el desarrollo de las economías regionales y el turismo cultural.

Nuestros festivales son expresiones fundamentales para el ejercicio efectivo de los derechos culturales, ya que facilitan el acceso y el disfrute de los bienes simbólicos al público; y promueven la creación, circulación y distribución de producciones de las diversas disciplinas, géneros y estilos artísticos que existen en todo el país.

Destinatarios.

La convocatoria está dirigida a organismos públicos (provinciales o municipales) y a personas jurídicas sin fines de lucro (asociaciones civiles con personería jurídica). En ambos casos la inscripción debe ser realizada por la máxima autoridad del área de gobierno o persona jurídica que organice el evento.

Se valorarán especialmente aquellas fiestas que impulsen expresiones culturales emergentes, que contribuyan a la circulación federal de públicos y contenidos, y que trasciendan el momento escénico, promoviendo la construcción de ciudadanía cultural mediante la participación comunitaria (clínicas, talleres, ferias, etc.).

Todos los postulantes deben estar inscriptos /as en el Registro Federal de Cultura antes de postular sus proyectos a la convocatoria. En caso de los organismos públicos, la persona que ejerza la máxima autoridad en el área de gobierno que organice el evento deberá inscribirse como persona física. Las asociaciones civiles sin fines de lucro deberán estar inscriptas en el “Registro de Espacios Culturales” o en el Registro de Organizaciones y Empresas Culturales” según corresponda, para lo cual, la máxima autoridad de la institución deberá primero crear un registro de persona física.

Recursos.

Categorías:

– Categoría A: Con público presencial. Son celebraciones, qué en su última edición con público presencial previa a la convocatoria, hayan tenido una concurrencia de más de CINCUENTA MIL (50.000) asistentes. Tope de financiamiento: PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000.-).

– Categoría B: Con público presencial. Son celebraciones, qué en su última edición con público presencial previa a la convocatoria, hayan tenido una concurrencia entre DIEZ MIL (10.000) y CINCUENTA MIL (50.000) asistentes. Tope de financiamiento: PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000.-).

– Categoría C: Con público presencial. Son celebraciones, qué en su última edición con público presencial previa a la convocatoria, hayan tenido una concurrencia entre CINCO MIL (5.000) y DIEZ MIL (10.000) asistentes. Tope de financiamiento: PESOS SETECIENTOS MIL ($700.000.-).

– Categoría D: Con público presencial. Son celebraciones, qué en su última edición con público presencial previa a la convocatoria, hayan tenido una concurrencia entre MIL (1.000) asistentes y CINCO MIL (5.000) asistentes. Tope de financiamiento: PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000.-).

– Categoría E: Son celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia inferior a MIL (1.000) asistentes o que se realicen por primera vez. Tope de financiamiento:  PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000.-)

Las celebraciones seleccionadas recibirán el apoyo económico solicitado en el presupuesto, de acuerdo a la categoría que corresponda, y respetando los topes de financiamiento y los límites porcentuales establecidos en el Reglamento.

Criterios de selección.

En una primera instancia, el jurado validará la documentación y la categoría seleccionada de cada postulación, de acuerdo a los requisitos establecidos en el Reglamento. Luego, a fines de seleccionar las celebraciones, se evaluarán las presentaciones teniendo en cuenta los siguientes factores de ponderación:

-Aporte para la preservación y difusión del patrimonio cultural material e inmaterial de la localidad y su entorno regional.

-Inclusión de actividades que trasciendan el momento escénico, como clínicas, talleres, conversatorios, ferias o instancias de vinculación que promuevan la participación cultural comunitaria y la actividad de las industrias culturales de la región. 

-Promoción de propuestas artísticas emergentes.

-Promoción de las economías y productos regionales.

-Promoción del turismo cultural.

-Capacidad técnica, logística e infraestructural dispuesta por el ente organizador.

-Análisis y valoración de la grilla artística propuesta para la edición.

-Adecuación de los fundamentos de la propuesta a los objetivos del Programa.

Cada postulante debe presentar un proyecto de presupuesto en el que contemple las siguientes pautas:

A)   Honorarios artísticos, técnicos y/o profesionales. Al menos CUARENTA POR CIENTO (40%), y hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%), del monto total solicitado.

B)   Infraestructura y/o servicios: Al menos CINCUENTA (50%), y hasta el SESENTA POR CIENTO (60%) del monto total solicitado.

Documentación que se adjunta en el proceso de inscripción.

Todos los postulantes:

–  Comprobante de cuenta bancaria vigente y operativa ene le que conste número, tipo de cuenta y CBU, firmado por el responsable de la postulación.

–  Constancia de inscripción de AFIP del organismo público o persona jurídica que organiza el evento.

–  Documentación que certifique la categoría en la que se inscribe (excepto eventos con público no presencial o eventos con público presencial que se realizan por primera vez). Por ejemplo: notas de prensa, fotografías digitales, informes emanados de instituciones locales (policía, bomberos, defensa civil u otros), declaraciones efectuadas ante entidades de derechos de autor, y/o cualquier otro documento que posean y que tenga aptitud para acreditar la afirmación que han efectuado. Toda esta documentación deberá ser unificada en un único archivo PDF.

–  Declaración jurada sobre la categoría de postulación (descarga modelo).   

Áreas de Gobierno:

–   Copia bifaz del DNI del responsable de la organización del evento (firmada y aclarada por el titular).

–   Resolución que designa a la autoridad responsable del organismo.

–   Carta Compromiso para áreas de gobierno.

Organizaciones sin fines de lucro:

–  Copia bifaz del DNI (firmada y aclarada por el titular) de la persona que ejerce la representación legal de la entidad conforme a su naturaleza jurídica, o su apoderado/a.

–  Poder suficiente cuando corresponda.

–  Acta constitutiva /estatuto de la entidad.

–  Resolución de otorgamiento de la persona jurídica por el organismo correspondiente.

–  Ultima designación de autoridades extraídas del libro de actas debidamente rubricado.

–  Carta Compromiso para persona jurídica.

Procedimiento de Inscripción. 

Antes de comenzar se recomienda leer el Reglamento de la convocatoria, donde se encuentran las bases y condiciones para la presentación de proyectos. Luego, completar el formulario de inscripción, disponible en: https://somos.cultura.gob.ar/

Mayor información sobre la convocatoria en: https://www.argentina.gob.ar/cultura/convocatorias/11737   

Para Consultas escribir a:  festivalesargentinos@cultura.gob.ar   

O bien contactarse con nuestra Dirección vía mail a: relinterycooperacion@gmail.com  / ifigueredo@corrientes.gob.ar  /  cedocdri@yahoo.com.ar

Importante: En archivos adjuntos a pié de página hallarán Instructivo de postulación; Reglamento; Declaración Jurada; Carta compromiso para áreas de gobierno; y Carta compromiso para personas jurídicas.

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