Nicolás Gabriel Soria, de 42 años, está preso por una causa paralela a la desaparición del niño de 5 años, acusado de varios delitos. Su defensa presentó un
hábeas corpus para que lo cambien de cárcel. Qué respondió la Justicia. A través de un recurso de hábeas corpus, la defensa de Soria, conocido como «el Americano» o «el Yanki», buscó sacarlo del Penal federal de Marcos Paz, donde fue alojado tras ser detenido en septiembre pasado por desviar la investigación por la desaparición de Loan Peña.
La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes dispuso que sea el Juzgado Federal de Morón el que determine si existe un agravamiento en las condiciones de detención del imputado.
En su presentación ante la jueza federal de Goya, Cristina Pozzer Penzo, el abogado de Soria, Duilio Jorge Ramírez, alegó que «existe un agravamiento ilegítimo de las condiciones de
detención en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz».
El defensor relató que Soria fue alojado en una celda de aislamiento del Pabellón 7, Módulo 3, la cual «carece de condiciones de higiene y salubridad, ello sumado a la existencia de roedores (ratas), lo cual, per ser constituye un empeoramiento de las condiciones de detención que ya venía sufriendo».
Para Ramírez, resulta incluso más grave que, a escasos metros el pabellón donde está alojado su cliente, se encuentra el narco Javier Oscar López, familiar directo de quienes formularon denuncia penal contra su defendido y cuyos testimonios han servido como base a la imputación penal por el delito de suministro de estupefacientes a título gratuito (en perjuicio de Roberto Carlos López, hijo del antes mencionado).
El abogado sostuvo que esa cercanía coloca a Soria en riesgo de
sufrir represalias que podrían poner en riesgo su integridad física y psíquica, elementos que también constituyen un agravamiento en las condiciones de detención.
El fiscal federal de Goya, Mariano De Guzmán, advirtió que si efectivamente se da lo expuesto por el defensor, sería en una jurisdicción ajena y que, en ese caso, debe intervenir el
magistrado de esa jurisdicción.
En ese sentido, pidió declarar la incompetencia y remitir todo al Juzgado Federal de Morón. Y respecto del riesgo de represalias, indicó que «podría analizarse la viabilidad del cambio de lugar de alojamiento peticionado».
Pozzer Penzo decidió declararse incompetente para intervenir en el hábeas corpus porque «requiere una inmediata constatación que sólo puede ser efectivamente realizada por el juez con jurisdicción en el lugar donde se encuentra alojado el interno».
Alegó que «ello garantiza con mayor inmediatez la adecuada apreciación de los hechos y la celeridad en el dictado y cumplimiento de la sentencia, por lo que al estar detenido el
peticionante en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, resulta competente el juez territorial del lugar de alojamiento». En cuanto al lugar de detención, Pozzer Penzo dijo que es el Servicio Penitenciario Federal (SPF), como órgano del Poder Ejecutivo Nacional, el que tiene la facultad de determinar el lugar de alojamiento de las personas privadas de su libertad, considerando el tipo de establecimiento, su capacidad y el estado procesal del interno. Más allá de eso, se pronunció por comunicar al complejo penal los reclamos de la defensa a instancias de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes.